El momento de constitución de una Comunidad de Propietarios
La Comunidad de Propietarios no se constituye el día de la primera junta constitutiva, sino el día del otorgamiento de la escritura pública de división horizontal.
La Comunidad de Propietarios no se constituye el día de la primera junta constitutiva, sino el día del otorgamiento de la escritura pública de división horizontal.