En el ámbito societario, es común que una empresa realice cambios en su órgano de administración; cambios que pueden tener importantes consecuencias en el marco de un proceso judicial, sobre todo cuando la sociedad que realiza dichos cambios es parte demandada.
Recientemente, nos encontramos ante una situación de este tipo al interponer una demanda en ejercicio de la acción de responsabilidad solidaria del administrador. En el encabezamiento del escrito indicamos que desconocíamos la filiación y el domicilio del demandado, ya que al consultar en el Registro Mercantil la nota simple de la sociedad cuyo administrador demandábamos, no aparecía información al respecto, debido a que la sociedad tenía cerrada la hoja registral por no presentar Cuentas Anuales.
Sucedió que la última inscripción que constaba en el Registro correspondía al cese del administrador, sin que hubiese constancia de un nuevo nombramiento. A pesar de ello, obtuvimos información de la escritura pública y del Notario que la elaboró. De este modo, solicitamos al Juzgado que requiriera al Notario para que aportase copia del protocolo correspondiente.
El Juzgado, en un primer momento, ignoró nuestra solicitud y nos requirió para que aportásemos copia del DNI del demandado, bajo advertimiento de inadmisión. Tuvimos que interponer un recurso de apelación, con base en que los arts. 399 y 155.2 de la LEC establecen que no es obligatorio aportar el DNI del demandado, sino que lo necesario es identificarlo en la mayor medida posible. El Juzgado estimó el recurso, ya que de contrario se hubiera producido una violación de la tutela judicial efectiva (art. 24 CE).
Una vez admitida nuestra demanda, solicitamos al Juzgado que requiriera al Notario para que entregase una copia de la escritura pública de nombramiento del Administrador y conocer, de ese modo, sus datos de filiación para poder emplazarlo como demandado.
El Juzgado admitió dicho escrito y, finalmente, el Notario aportó la información sobre filiación y domicilio del Administrador que se le requería, procediéndose a emplazar al demandado exitosamente.