Etiqueta: Compraventa

Las compraventas celebradas en Cataluña se regirán por lo dispuesto en el Libro Sexto del Código Civil Catalán.
El derecho de desistimiento permite al consumidor y usuario desistir de los contratos celebrados a distancia durante un período de catorce días naturales
El incumplimiento de un contrato de compraventa no faculta a la parte cumplidora a hacer suyas determinadas cantidades si no se ha previsto de forma expresa, como arras penales.
El pasado 26 de octubre de 2021 se dictó la Sentencia del Tribunal Constitucional que declara la inconstitucionalidad del método de determinación de la base imponible del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana o más comúnmente conocido como plusvalía municipal.
Los derechos de tanteo y retracto, que aparecen fundamentalmente en las operaciones comerciales de bienes inmuebles, suponen un freno a la autonomía privada.
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El art. 621-49 del Código Civil Catalán prevé la facultad de desistimiento de los compradores de un inmueble en caso de no obtener la financiación necesaria para satisfacer el precio de la compra.
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