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El pasado 29 de diciembre de 2023 se prorrogaron las medidas en materia de vivienda y protección de personas vulnerables que en su día se adoptaron para hacer frente al COVID19.
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El pasado 23 de diciembre de 2020 entró en vigor el Real Decreto-Ley 37/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes para hacer frente a las situaciones de vulnerabilidad social y económica en el ámbito de la vivienda y en materia de transportes, que prorroga la suspensión de los juicios de desahucio y de lanzamientos.
El Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo, publicado en el BOE, hoy 22 de abril de 2020, entra en vigor mañana 23 de abril de 2020; normativa que prevé un aplazamiento para el pago de la renta en los alquileres para uso distinto del de vivienda.
Una de las medidas de protección del empleo ante el COVID-19 recientemente anunciada por el Gobierno de España es que “los ERTEs causados por el COVID-19 serán considerados de fuerza mayor, y los trabajadores tendrán derecho a la prestación contributiva por desempleo”. Ahora bien, ¿qué es un ERTE? ¿qué significa fuerza mayor? ¿qué se debe hacer para realizar un ERTE? ¿qué le ocurre al trabajado en caso de ERTE?
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